martes, 13 de mayo de 2014

NO ES ADMISIBLE EL PUNTO FINAL

Ni la dictadura franquista, ni sus inhumanos métodos aplicados hacia la población vencida y amordazada deberán quedar impunes. Se lo debemos a nuestros desaparecidos y a sus familias, este doloroso período deberá ser enjuiciado, sin dilación alguna, ya.

Se lo debemos a los torturados, a los tan injustamente represaliados, a los enmudecidos, a tantos sentenciados tras burdos aparentes e inaceptables juicios militares sumarísimos, en cumplimiento de una fútil apariencia de legalidad del Estado.

El siniestro cometido de la tétrica Brigada Político-Social, entre 1.956 y 1.975, dejó huellas indelebles e imperecederas en los incontables casos de salvajes torturas infligidas en aquéllos discordantes ideológicos, en aquéllos denodados y jamás abatidos luchadores por la verdad, por la justicia y por la libertad democráticas.

Los cobardes, arcanos, coactivos métodos aplicados por este grupo de desalmados con "patente de corso estatal" a inocentes implicados en muy aleatorias y mercenarias delaciones, no han de quedar impunes. No es, en absoluto, admisible la aplicación de "punto final", ni Ley de Amnistía que valga; deben caer sobre sus titulares (vivos, o ya fenecidos), sobre sus respectivas biografías, el imperdonable e inolvidable repudio social y las condenatorias sentencias, resultantes de un global enjuiciamiento internacional al holocausto franquista y a sus abominables protagonistas.

Por tanto mancillado honor, por tanto desafuero (fusilamientos, torturas, prisión política, exilio, trabajo esclavo, robos de recién nacidos, desaparecidos, depurados) aquélla represión franquista ha de ser pública y judicialmente denostada. No es honesta la ocultación, ni enmascaramiento por más tiempo.

Por ello, en la lucha de la denuncia de tanto horror, nuestra entrañable Buenos Aires recibió el pasado 14 de Abril de 2.010 una querella criminal por delitos de genocidio y/o de lesa humanidad cometidas por el Estado Español entre el 17 de Julio de 1.936 y el 15 de Junio de 1.977.

La suscribían la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica y organizaciones de derechos humanos (entre otras, las abuelas de la Plaza de Mayo), y fue la juez Servini quien, en aras a la defensa del principio de justicia universal asumió el caso.

La antigua Dirección General de Seguridad del Kilómetro 0, de Madrid, guarda muy nefastos recuerdos de aquélla época, de cuando la barbarie de la inhumana y laureada nefasta Brigada Político-Social campaba "a sus anchas e impunes cotidianeidades". 

Su máximo Jefe entre 1.963 y 1.975, el Comisario Saturnino Yagüe, falleció -de muerte natural- en 1.978, en Madrid. Roberto Conesa ("Superagente" Conesa) lo hizo en 1.994, exonerado de condena judicial ninguna, ni reproche público.

Manuel Ballesteros (uno de los más despiadados agentes de tan abominable grupo) llegó hasta la Dirección del Gabinete de Información del Ministerio del Interior, con José Barrionuevo y Rafael Vera. Fue condenado en dos ocasiones, por la guerra sucia contra ETA, pero también fue finalmente absuelto por el Tribunal Supremo.

A González Pacheco y por Martín Villa, le fue incluso, concedida la Medalla de Plata al Mérito Policial por su colaboración en la liberación del General Villaescusa (su "meritaje" precedente fue absolutamente obviado). Finalmente, con la Ley de Amnistía de 1.977, se archivaron las diecisiete denuncias por delitos de tortura que recaían en su persona.


La Brigada Político-Social, instalada en la hoy sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, era como se puede colegir, el departamento policial más elogiable, secreto y dotado de los servicios de seguridad del Estado; no en balde sus "insustituíbles" cometidos eran: seguimientos, escuchas telefónicas, control de la correspondencia, detenciones, confiscación  e incautación de bienes, allanamiento y registro de viviendas, y como bien asimilaron de las enseñanzas nazis, la tortura como método recurrente para ampliar la información, o simplemente como forma de castigo; aplicada con impunidad indiscutibe, absoluta, avasalladora; cualquier conducta que pudiera afectar a aquél peculiar "Orden Público" del Régimen Franquista del miedo y la mordaza, convertía a cualquier todavía no ciudadano, en peligroso sospechoso.

Los plazos legalmente establecidos para la detención policial era de un máximo de 72 horas, en muchos de cuyos casos resultaron una pura y mera falacia, y la permanencia en las comisarías, en medio de intimidaciones físicas y morales, de otras vejaciones de diversa índole y de salvajes torturas, podían durar días y días, y hasta semanas enteras en el "loable" intento de someter la más firmes de las voluntades. Todo ello formaba parte intrínseca de las obligadas "diligencias" policiales en nuestro país de aquél triste período de nuestra pasada  historia. Muchas de aquéllas detenciones eran ocultadas, no se registraban oficialmente; ausente la asistencia médica ni letrada, y sin ningún derecho a la defensa.

La tortura constituye, por definición, un crimen estigmatizador que pesa sobre sus propias víctimas, paradógicamente, pues a las vejaciones sufridas se añade el carácter vergonzante de quienes las sufrieron.

Sumado al silencio oficial establecido por el Régimen Franquista, la impunidad de los perpetradores de las torturas suele conllevar, por ende, a aparecer éstos como probos servidores del Estado (en un intento vergonzoso de autojustificación estatal) tal y como hemos comprobado en datos precedentes, en tanto que sus víctimas arrastran a menudo y, en muchos casos para el resto de sus días, el oprobio social, la  merma  de autoestima, y desde luego, la ausencia del merecido reconocimiento y reparación.

No, no debe ser admisible el punto final para esta aberrante y obscena historia, ni mucho menos para sus autores.

Contrarrestar esta insoportable contradicción requiere de la adecuada divulgación histórica, de afirmación social en la memoria reparadora de tamaña injusticia y cómo no, también como ineludible ejercicio de higiene democrática.