viernes, 8 de agosto de 2014

¿QUIÉN CUIDA A QUIÉN?

Durante algún tiempo, solidaria y altruísticamente presté mi humilde colaboración en la Sección de Riesgos Laborales de una de las Federaciones de Madrid, en una principal Central Sindical.

Me regocija internamente haber comprobado que, de vez en cuando, las medidas rectificatorias que  les proponíamos mis compañeros y yo a los responsables de determinadas empresas para mejorar sustancialmente las condiciones de seguridad en el trabajo de sus empleados, eran puntual y escrupulosamente cumplidas.

Por esta razón, agradezco la oportunidad que se me ofreció, desde este  mi Sindicato de Clase por haberme permitido participar, de forma activa y oficial, intermediando con los responsables empresariales para lograr tales significativos incrementos en protección laboral. 

Hube, previa y necesariamente, de instruirme a fondo en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en otras disposiciones homólogas internacionales, sobre todo en aquéllas que nos atañen directamente (las normas que al respecto recoge la Unión Europea, a la que pertenecemos de pleno derecho) y a las que hube de apelar para que fuesen cumplidas, con excesiva frecuencia, ya que casi todas venían a mejorar nuestra propia legislación nacional vigente.

Pero desde el principio me surgió una gran incógnita (que hasta ahora no he sido capaz de despejar): el porqué la dejación de tan fundamentales y trascendentales responsabilidades por parte de nuestras instituciones oficiales, a favor de estamentos privados (Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales -MATEPSS-).

Las MATEPSS se definen como "entidades privadas, formadas por la asociación voluntaria de empresarios que, sin ánimo de lucro y debidamente autorizadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social -bajo su dirección y tutela-, colaboran con la Seguridad Social dando cobertura a todas las contingencias derivadas de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales y en la gestión de prestaciones económicas por Incapacidad Temporal, derivada de las contingencias comunes que los trabajadores de las empresas asociadas puedan padecer" (prestaciones económicas que naturalmente corren a cargo de la propia Seguridad Social).

La empresa en cuestión puede elegir libremente a qué Mutua asociarse, o incluso puede decidir, si quiere, que estas contingencias sean cubiertas directamente por la Seguridad Social . Ya opte por una u otra entidad, el coste final para el empresario va a ser siempre el mismo.

Los servicios que las MATEPSS prestan a los trabajadores de sus empresas asociadas (más, o menos completos y detallados; mejor, o no tanto, dotados):

-Asistencia Sanitaria en instalaciones propias y Prestación Económica, derivada del accidente de trabajo y enfermedad profesional.

-Prestación Económica derivada de la incapacidad temporal por enfermedad común.

La asistencia sanitaria contempla todas las actuaciones diagnósticas y terapéuticas que se estimen necesarias: tratamiento médico y quirúrgico, prótesis, cirugía reparadora, prescripciones farmacéuticas, etc.

Se incluyen, asimismo, todas las prestaciones recuperadoras que precise el accidentado, en forma de tratamiento rehabilitador y, si fuera necesario, posterior orientación y formación profesional para la readaptación laboral.

Aberrante e incomprensiblemente, en los últimos tiempos se les han transferido otras conflictivas y principales responsabilidades: el control de bajas por enfermedades profesionales y por accidentes de trabajo.

He de aclarar que mis personales relaciones como Asesor de Riesgos Laborales, en representación sindical, con los responsables de varias de estas Mutuas privadas me resultaron un tanto "farragosas" (por decirlo "dulcemente"), pues con excesiva y sospechosa reiteración hube de "fajarme" a fondo para poder "convencerles" de que determinado caso correspondía a un accidente de trabajo, o enfermedad profesional, y no a una patología común (siempre claro, aportándoles la documentación y pruebas técnicas y testificales que nos eran "cordialmente" exigidas).

Pues bien, insisto, siempre me pareció paradójico (más bien contradictorio) que desde estas Mutuas se pudiera ostentar la extraordinaria cualidad dicotómica de "servir a dos reyes a la vez". Es decir, que estas entidades privadas (sostenidas por los empresarios asociados y cubiertas en sus desembolsos económicos por la propia Seguridad Social) fueran, en efecto, capaces de proteger y defender los referidos derechos de salud laboral y  de privacidad sanitaria de los trabajadores, a la vez de cuidar por los intereses empresariales (sus tan generosas mecenas).

Es decir, en "román paladino", no me parece lógico SE ELIJA AL LOBO PARA CUIDAR A LOS CORDEROS.

¿Podemos creer en un exceso de credulidad institucional, o más bien que se trata de un plan premeditada e interesadamente establecido desde muy determinados órganos de poder?.

Aunque finalmente este dilema resulte de libre interpretación, lo más cierto es que nos "la han metido sin derecho a réplica, ni a vaselina".